La UE confirma que no existen las diferencias entre Tang Gold y Nadorcott alegadas por la Universidad de California y Eurosemillas

En estas circunstancias, como ya adelantó el IVIA en su informe de 17 de septiembre de 2014, Tang Gold debe ser considerada una variedad esencialmente derivada de Nadorcott, cuestión que está pendiente de resolución ante los tribunales.

 

La Sala de Recurso de la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales ha resuelto los recursos interpuestos por Nador Cott Protection (NCP), el Club de Variedades Vegetales Protegidas (CLUB), y la propia Universidad de California contra la decisión de la Oficina que en octubre de 2014 concedió la protección comunitaria a la variedad Tang Gold.

La Universidad de California pretendía que la Sala de Recurso declarara que entre Tang Gold y Nadorcott existían diferencias adicionales a las inicialmente identificadas en la decisión de octubre de 2014 y la Sala de Recurso ha rechazado íntegramente el recurso la Universidad de California.

Además, la Sala de Recurso ha admitido la posición de Nador Cott Protection y el CLUB y ha descartado dos de las cuatro diferencias inicialmente identificadas.

Con esta resolución, la Sala de Recurso señala que entre Tang Gold y Nadorcott existirían únicamente dos diferencias: el polen viable y el número de semillas en condiciones de polinización cruzada. Así lo había sostenido ya el IVIA en su informe de 17 de septiembre de 2014, en el que también se señalaba que Tang Gold es una variedad esencialmente derivada de Nadorcott. Por ello, organizaciones como AVA–ASAJA informaron a los agricultores del riesgo de que los tribunales puedan declarar que la explotación de Tang Gold infringe los derechos sobre la variedad Nadorcott.

Además, en cuanto a la magnitud de la diferencia relativa al número de semillas en condiciones de polinización cruzada, la Sala de Recurso ha rechazado el recurso de la Universidad de California y confirma que esta diferencia sería mucho menor que la que pretendía dicha universidad.

En todo caso, la concesión de la variedad no es firme y puede recurrirse ante los tribunales de la UE.

En resumen, la Sala de Recurso viene a confirmar lo que NCP y el CLUB vienen defendiendo desde que comenzó el conflicto entre Tang Gold y Nadorcott, y es que, si acaso existiesen diferencias entre ambas variedades, estas diferencias como mucho se referirían a la fertilidad de la variedad. Y, en estas circunstancias, como ya adelantó el IVIA en su informe de 17 de septiembre de 2014, Tang Gold debe ser considerada una variedad esencialmente derivada de Nadorcott, cuestión que está pendiente de resolución ante los tribunales.

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